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Sí, tu compra Comercial entra por courier
La Resolución General 5608/2024 admite envíos con fin comercial por courier, con los mismos topes de valor y de peso que una compra Particular: hasta USD 3.000 por envío y 50 kg por bulto.
Podés comprar mercadería para tu negocio en Estados Unidos, recibirla en tu casillero y que nosotros la nacionalicemos, sin inscribirte como importador ni contratar despachante.
Qué cambia respecto de la compra Particular
| Caso | Particular | Comercial |
|---|---|---|
| Franquicia de USD 400 | Sí, en 5 envíos por año | No tiene |
| Envíos por año | 5 con franquicia | Sin límite |
| Unidades iguales | Hasta 3 por envío | Sin límite |
| Tope por envío | USD 3.000 y 50 kg por bulto | USD 3.000 y 50 kg por bulto |
| Documento | Ticket o factura de la tienda | Factura comercial (o ticket de la plataforma) a nombre de la empresa |
| Tributos | Dentro de los 400: IVA (e internos si corresponden). Arriba: se suman derechos y tasa de estadística | Todos los del régimen general, desde el primer dólar |
La ventaja de la compra Comercial es de volumen: no tenés tope de envíos por año ni de unidades iguales. La contra: pagás todo desde el primer dólar.
Lo que no tomamos como compra Comercial
Ropa e indumentaria (con o sin marca), calzado, celulares y consolas, y lo usado o reacondicionado, no los despachamos como mercadería para la venta. La norma lo admite, pero en Ezeiza la aduana no los deja pasar como compra Comercial y preferimos no comprometer tu plata ni tu tiempo. Para uso personal los traemos sin problema, hasta 3 unidades iguales por envío.
Tampoco viaja, ni para vender ni para uso propio, lo que la seguridad aérea no permite: baterías de litio sueltas, power banks, aerosoles, perfumes e inflamables. El detalle está en qué podés traer y qué no.
Todo lo demás sí se puede traer para tu negocio: notebooks y computadoras, electrónica, componentes, repuestos, herramientas, accesorios y artículos para el hogar, mientras el envío no pase los USD 3.000.
Qué tributos paga
Los del régimen general de importación a consumo: derechos de importación, tasa de estadística, IVA, IVA adicional, percepción de Ganancias e impuestos internos si el producto los tiene.
No publicamos porcentajes de derechos: dependen del producto y cambian. Te damos el importe final en dólares antes de que confirmes.
Qué documentación hace falta
- Factura comercial o documento equivalente: la orden o el ticket de la plataforma con el vendedor, el detalle de la mercadería y el precio, a nombre de tu empresa.
- CUIT de la empresa.
- Nada más de tu lado: la declaración y el pago de los tributos los hacemos nosotros.
Cuándo conviene la importación formal
Hay casos en los que el courier no alcanza o no conviene, y el camino es una importación formal con despachante:
- El envío supera USD 3.000 o algún bulto pasa los 50 kg.
- La mercadería necesita intervenciones de otros organismos, identificación obligatoria o certificado de origen.
- Es carga general: un volumen grande que viaja consolidado.
- Traés mucho volumen de un producto que paga poco arancel: ahí la importación formal suele salir mejor.
La importación formal pide CUIT inscripto como importador, condición frente al IVA y un despachante. No es un trámite que puedas hacer desde la web, y por eso no lo ofrecemos como autoservicio: escribinos y lo armamos con vos.
Regla práctica: compras chicas y frecuentes, courier. Volúmenes grandes, formal. Si dudás, nos consultás antes de comprar y lo vemos juntos.
Cómo lo hacemos con vos
- Nos contás qué querés traerPor WhatsApp: qué es, cuánto y de qué tienda.
- Te decimos cómo convieneQué régimen corresponde y el importe final en dólares.
- Comprás con tu casilleroEl mismo casillero y los mismos 60 días de depósito gratis para juntar compras.
- Lo traemos y lo retirásDespachamos y nacionalizamos; retirás en nuestra oficina. Si hace falta despachante, lo coordinamos nosotros.
Fuentes oficiales
Lo que dice esta guía sale de estas páginas oficiales. Los links se abren en otra pestaña.
- Resolución General ARCA 5608/2024
- Las reglas del courier. El Anexo II es el de pequeños envíos (las compras Particulares): hasta 3 unidades iguales, 50 kg por paquete, USD 3.000 por envío y 5 veces por año. El Anexo I es el régimen general (las Comerciales), que paga todos los tributos de una importación común.
- Texto actualizado, con sus cambios de 2025 y 2026 (se abre en otra pestaña)
- Resolución General ARCA 5631/2025
- Llevó el límite de 50 kg por paquete también al régimen general, sin importar el peso total del envío, y sacó la obligación de tener Domicilio Fiscal Electrónico en los pequeños envíos. Por eso no necesitás Clave Fiscal para traer tu compra.
- Texto en Argentina.gob.ar (se abre en otra pestaña)
- ARCA: Pequeños envíos por courier
- La página oficial del régimen: requisitos, la franquicia y que el IVA se paga igual. ARCA lo repite en su novedad del 9 de enero de 2025 (se abre en otra pestaña): "El impuesto al valor agregado (IVA) debe abonarse".
- Página de ARCA (se abre en otra pestaña)
Preguntas frecuentes
¿Puedo traer 50 unidades del mismo producto por courier?
Sí. En la compra Comercial no rige el límite de 3 unidades iguales: tiene que entrar dentro de USD 3.000 y 50 kg por bulto, con factura comercial. La excepción: no tomamos así celulares, consolas, ropa, calzado ni nada usado o reacondicionado.
¿Necesito inscribirme como importador?
Para courier, no. Para una importación formal, sí: CUIT inscripto como importador, condición frente al IVA y despachante. Si tu operación va por ahí, la coordinamos con vos.
¿Las percepciones las recupero?
El IVA adicional y la percepción de Ganancias son pagos a cuenta que, en general, un responsable inscripto computa después. Cómo aplica en tu caso lo define tu contador.
¿Mi emprendimiento chico entra como Comercial o como Particular?
Depende de para qué sea la compra. Si es para revender, es Comercial: sin franquicia, con factura. Si es de uso personal, Particular. Si dudás, preguntanos antes de comprar.
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